Todo lo que debe saber sobre la cédula de habitabilidad

La cédula de habitabilidad es el documento administrativo que ratifica que una vivienda reúne las condiciones básicas para ser habitada, sin perjuicio de que en la misma se realicen otras actividades debidamente autorizadas.

Tipos de cédulas de habitabilidad

Existen tres tipos de cédulas en función de la antigüedad del inmueble:

  1. De primera ocupación: corresponden a las viviendas de nueva construcción.
  2. De segunda ocupación: se refiere a las viviendas que ya existen.
  3. De primera ocupación de rehabilitación: para aquellas viviendas en las que se ha realizado una rehabilitación de la misma.

¿Para qué sirve la cédula de habitabilidad?

El cometido de la cédula de habitabilidad es asegurar la habitabilidad de la vivienda apoyándose en la salubridad, higiene y solidez de la misma.

Además disponer de la cédula de habitabilidad en regla nos permitirá poder dar de alta los servicios de luz, gas y agua. También es requisito indispensable para poder vender o alquilar la vivienda.

¿Cuándo necesito disponer de la cédula de habitabilidad?

Por norma general, todas las viviendas tienen que disponer de la cédula de habitabilidad. De lo contrario, los suministros de luz, gas y agua no podrán llevarse a cabo. Además, sin esta cédula tampoco se puede vender y alquilar la casa. Adicionalmente, este documento puede ser requerido en otras ocasiones como la concesión de una hipoteca o el reagrupamiento familiar de extranjeros.

Las viviendas de nueva construcción o aquellas en las que se hayan realizado grandes reformas que hayan modificado las condiciones de habitabilidad deberán presentar la cédula de habitabilidad antes de que dicha vivienda pase a ser habitada.

En el caso de las viviendas de protección pública, la cédula de habitabilidad no se exige en un periodo de 25 años, en el cual es sustituido por la calificación definitiva.

¿Cuándo no es necesario presentar la cédula?

Hay supuestos excepcionales en los que la presentación de la cédula de habitabilidad no es obligatoria. En una transmisión de vivienda, y siempre y cuando no sea de nueva construcción, los implicados en la operación pueden acordar la no entrega de la cédula para los siguientes casos:

  1. Cuando se tenga intención de reformar o derribar la vivienda. En estos casos, tiene que quedar constancia en el registro la intención del futuro propietario de la realización de reformas o derribo del inmueble, ya que de ello depende la exoneración de la obligación de entregar la cédula.
  2. Cuando el uso del inmueble sea diferente al de vivienda. En este supuesto, los implicados deberán reconocerlo expresamente.
  3. Cuando por razones justificadas no sea posible presentar el certificado de habitabilidad antes del acto de transmisión de la vivienda, y transmitente y adquiriente acuerden hacerlo posteriormente. No obstante, será necesario presentar la solicitud de cédula de habitabilidad registrada, de manera que se acredite que las condiciones de la vivienda son las óptimas para la obtención del certificado.

¿Qué contiene el documento de la cédula de habitabilidad?

Tanto la cédula de habitabilidad como la calificación definitiva deben disponer de los siguientes datos:

  1. Dirección y ubicación de la vivienda.
  2. Superficie útil de la vivienda.
  3. Habitaciones y espacios que conforman la vivienda.
  4. Umbral máximo de ocupación.
  5. Identificación del técnico habilitado que ha llevado a cabo el certificado.

Por lo tanto,  su cometido sigue siendo el de garantizar las mínimas condiciones de habitabilidad de una vivienda. En el Taller de Arquitectura de Roberto Méndez le gestionamos todos estos trámites, para que a la hora de hacer reformas o de hacer una nueva construcción, usted no tenga que preocuparse por todo el papeleo.